El siguiente documento, fue compartido por la Secretaría Jurídica de la Alcaldía de Manizales el 4 de enero del presente año, en él, se hace una relación de la normatividad que rige las estampillas vigentes en el municipio.
4 de Enero de
2013
Es propósito del presente documento
electrónico informar sobre las estampillas que en la actualidad causa la suscripción
de contratos en el Municipio.
Para el efecto, se dirá que mediante el Acuerdo
794 del 08 de noviembre de 2012, el
Concejo de Manizales creó la Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor.
De igual manera, mediante el Acuerdo 798 del 11 de Diciembre de 2012, estableció el uso obligatorio en el Municipio de la
Estampilla Pro Universidad de Caldas y Universidad Nacional Sede Manizales
Hacia el Tercer Milenio.
El Acuerdo 794 de 2012, según su artículo décimo
sexto (16), empezó a regir el primero (1) de enero de 2013. El
Acuerdo 798 de 2012, en cambio, empezó a regir desde su publicación, lo cual
ocurrió el once (11) de diciembre de 2012.
La tarifa de la Estampilla para el Bienestar del
Adulto Mayor es igual a dos por ciento (2%). La tarifa de Estampilla Pro
Universidad de Caldas y Universidad Nacional Sede Manizales Hacia el Tercer
Milenio es igual a uno por ciento (1%). Los demás elementos constitutivos
del tributo y disposiciones generales, pueden leerse en los documentos adjuntos.
Cabe precisar que el Acuerdo 794 contiene en sí
mismo tales elementos constitutivos del tributo y disposiciones generales.
De su lado, el Acuerdo 798 precisa de otras normas para encontrarse
íntegro, ello por cuanto su artículo segundo (2) establece lo que sigue:
ARTÍCULO SEGUNDO: Las características, tarifas y
todos los demás asuntos referentes al uso obligatorio de la estampilla, se
sujetarán a lo establecido por las ordenanzas que expida a propósito la
Asamblea Departamental de Caldas, las cuales harán parte integral del presente
Acuerdo.
Así las cosas, debe tenerse de presente que los
asuntos referentes al uso obligatorio de la Estampilla Pro Universidad de
Caldas y Universidad Nacional Sede Manizales Hacia el Tercer Milenio, se
encuentran en la actualidad regulados en la Ordenanza 674 de 2011 (Estatuto de
Rentas del Departamento) y en la Ordenanza 693 de 2012, la cual modificó
aquella.
De tal modo, en lo que hace a la
suscripción de contratos y convenios, cuando en éste último caso corresponda,
las estampillas que se causan son dos (2), a saber: i) Estampilla para el
Bienestar del Adulto Mayor; ii) Estampilla Pro Universidad de Caldas y
Universidad Nacional Sede Manizales Hacia el Tercer Milenio. Valga
afirmar que la estampilla Pro Hospital de Caldas, legítima hasta la entrada en
vigencia del Acuerdo 798, ha sido derogada en su totalidad.
Para terminar, debe informarse que el pasado 28
de Diciembre de 2012, se
expidió el Decreto 484, “por medio del cual se reglamentan los Acuerdos 794 y 798
de 2012, contentivos de las estampillas vigentes en el Municipio”, ello con el
fin de fijar el procedimiento requerido para la materialización de las normas
tributarias de carácter sustantivo, específicamente en lo que hace al
procedimiento de administración, liquidación, recaudo y giro de las Estampillas
antes mencionadas.
Adjunto se envían los siguientes documentos,
todos necesarios para la cabal comprensión y aplicación de lo que en
precedencia se ha expuesto:
1. Acuerdo
794 de 2012;
2. Acuerdo
798 de 2012;
3. Ordenanza
674 de 2011;
4. Ordenanza
693 de 2012;
5. Decreto
484 de 2012.
De cualquier modo, las inquietudes o comentarios
que sobrevengan con ocasión de lo dicho o regulado en las normas adjuntas, con
gusto serán atendidas y resueltas en la Secretaría Jurídica del Municipio.
Cordial saludo,
Juan Guillermo Correa García
Abogado – Secretaría Jurídica
DONDE SE REALIZA EL PAGO DE ESTAMPILLAS?
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