EL LIBRO FISCAL
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martes, 18 de noviembre de 2014
miércoles, 27 de agosto de 2014
Miércoles de Cultura Tributaria
En este momento se lleva a cabo la jornada de "miércoles de cultura tributaria" en la Cámara de Comercio de Manizales, donde se trata el tema de cómo llevar el libro fiscal y el impuesto de industria y comercio.
En esta ocasión se cuenta con el apoyo y acompañamiento de dos estudiantes de último semestre de Contaduría Pública y administración de empresas de la Universidad Antonio Nariño, quienes en desarrollo de su trabajo de grado, han decido acompañar el programa "Manizales Cultura T" liderado por la Unidad de Rentas de la Alcaldía de Manizales, con todo lo relacionado al libro fiscal, cómo llevarlo, quién debe llevarlo, y las implicaciones de no tener el libro fiscal.
martes, 19 de agosto de 2014
viernes, 18 de julio de 2014
¿Qué sucede si no liquido o liquido incorrectamente una sanción tributaria en mi declaración privada del impuesto de industria y comercio?
Es función del Grupo de Fiscalización y Control de la Unidad de Rentas el revisar las declaraciones presentadas por los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio con el fin de verificar el cabal cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Dentro del proceso de revisión, es común encontrar que, contribuyentes que debían liquidar alguna sanción tributaria, la liquidan incorrectamente o no la liquidan. Para este caso, la administración tributaria, con fundamento en el artículo 701 del Estatuto Tributario Nacional, tiene dos procedimientos entre los que puede libremente escoger para llegar a una correcta determinación y liquidación del valor a pagar por concepto de sanción.
martes, 24 de junio de 2014
miércoles, 4 de junio de 2014
HECHO GENERADOR ESTAMPILLA , DEVOLUCIONES Y PAGO DE LO NO DEBIDO
Muchas han sido las solicitudes de devolución que han llegado a la Unidad de Rentas por concepto de Estampillas, y que han tenido como fundamento la no ejecución, o terminación por mutuo acuerdo o reajuste en el valor del contrato que dio origen al pago por concepto de estampilla.
Por lo anterior, y con miras a dar claridad sobre este punto, la Unidad de Rentas elevó consulta a la Secretaría Jurídica de la Alcaldía de Manizales. La respuesta se comparte en el siguiente enlace
viernes, 16 de mayo de 2014
LOS PRECIOS PÚBLICOS Y EL APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DEL ESPACIO PÚBLICO (I)
Amplio ha sido el debate que se dado en torno al proyecto presentado por la administración y que tiene como objeto fijar un cobro para todas aquellas personas que usen de manera temporal el espacio público y obtengan un beneficio económico por ello.
La primer duda que ha surgido es si ese cobro constituye un tributo o reúne las características de ser otro tipo de ingreso constitutivo de renta para la Hacienda Pública, por tanto, esta primer presentación, está enfocada a dar claridad al respecto, mostrando por qué es un precio público y no un tributo bajo la modalidad de tasa y explicar las características distintivas del precio.
De igual manera, se muestra las dos formas que tiene la administración para cobrar el precio público, esto es, bajo la modalidad de contrato o autorización. Sobre este punto se dará mayor claridad en la próxima presentación, al igual que se expondrá el marco jurídico que autoriza a los municipios para el cobro por el aprovechamiento económico del espacio público.
martes, 29 de abril de 2014
EL IMPUESTO DE RENTA PARA EMPLEADOS, TRABAJADORES INDEPENDIENTES Y PORCUENTA PROPIA
miércoles, 23 de abril de 2014
MIÉRCOLES DE CULTURA TRIBUTARIA
En este momento de adelanta la jornada de Miércoles de Cultura Tributaria en las instalaciones de la Cámara de Comercio.
El programa de Manizales Cultura T está cumpliendo su objetivo de dar a conocer a los contribuyentes las obligaciones que tienen en relación con el impuesto de industria y comercio en la ciudad de Manizales.
martes, 22 de abril de 2014
miércoles, 2 de abril de 2014
Concepto de Tributo vs Precios Públicos
Sentencia C-927/06
LIBERTAD DE CONFIGURACIÓN LEGISLATIVA EN MATERIA
TRIBUTARIA-Alcance
LIBERTAD DE CONFIGURACIÓN LEGISLATIVA EN MATERIA
TRIBUTARIA-Límites
PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA-Alcance
TRIBUTO-Concepto
TRIBUTO-Clases
IMPUESTO-Características
CONTRIBUCION-Características
TASA-Características
TITULO HABILITANTE-Concepto
TITULO HABILITANTE-Clases
PRECIOS PÚBLICOS-Concepto
TASA Y PRECIOS PÚBLICOS-Diferencias
Tanto las tasas como los precios
públicos parten en principio del mismo supuesto, esto es, el Estado entrega
bienes o presta servicios frente a los cuales es posible obtener a cambio una
retribución. Sin embargo, mientras que en el caso de los “precios públicos” la
obligación surge de una relación eminentemente contractual o voluntaria fundada
en el postulado de la autonomía de la voluntad (origen ex contractu); en
tratándose de las tasas dicha obligación emana de la potestad tributaria del
Estado que se ejerce mediante ley (origen ex lege). En este sentido, mientras
que el contribuyente en el caso de las tasas a partir de su solicitud, se
compromete de manera coercitiva con el pago de una suma de dinero en la
recuperación del costo que le implica al Estado la prestación de una actividad,
bien o servicio de interés público o general; el beneficiario en el caso
de los precios públicos asume el
compromiso de pagar una remuneración como contraprestación conmutativa por un
bien o servicio que se demanda siempre de forma voluntaria, en aras de obtener
una ventaja o utilidad económica frente al resto de la población como beneficio
derivado de la cancelación de dicha erogación pecuniaria.
viernes, 28 de marzo de 2014
jueves, 20 de marzo de 2014
NOVEDADES IMPUESTO AL TELÉFONO 2014
A raíz de la expedición del Acuerdo 830 de 2013, por el cual se modificó el Acuerdo 627 de 2006, "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL IMPUESTO AL TELÉFONO DESTINADO A LA SEGURIDAD CIUDADANA, SE CONCEDE UNA AUTORIZACIÓN AL ALCALDE Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES". han sido varios los cambios que se han presentado tanto en la estructura del impuesto, como en la forma de liquidarlo y recaudarlo..
Es por ello que a partir de este año, la factura del impuesto al teléfono no se entrega mensual, sino cada dos meses, y en una misma factura, están contenidas todas las líneas que tenga el contribuyente.
martes, 18 de febrero de 2014
LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL AMPLÍA FECHAS DE PAGO CON DESCUENTO PARA EL IMPUESTO PREDIAL
La Alcaldía de Manizales, pensando en el bienestar financiero de los ciudadanos, viene adoptando medidas tributarias relacionadas con el Impuesto Predial Unificado. La idea es ofrecer facilidades en los plazos, a través de varias modalidades de cancelación de este tributo.
Los contribuyentes tendrán la posibilidad de pagar anticipadamente todo el año, con dos descuentos, o bimestralmente como ya es costumbre, pero sin descuento.
1. Si se paga todo el año hasta el 5 de marzo se tendrá un descuento del 4,74%
2. Si se paga todo el año hasta el 30 de abril tendrá un alivio del 4,54%
martes, 4 de febrero de 2014
SECRETARÍA DE HACIENDA CAPACITÓ A BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL
Este miércoles 29 de enero en las instalaciones de la Antigua Terminal de Transportes, la Secretaría de Hacienda de la Administración Municipal capacitó a 40 personas beneficiarias del programa de Sustitución de Vehículos de Tracción Animal, en temas relacionados con el Impuesto de Industria y Comercio.
La jornada se llevó a cabo con el apoyo de la Secretaría de Tránsito y Transporte de la Alcaldía de Manizales y busca que esta población conozca las obligaciones tributarias a su cargo.
Esta capacitación hace parte del programa Manizales Cultura Tributaria, que tiene como objetivo dar a conocer las obligaciones que tienen los ciudadanos con relación a impuestos municipales. Es una campaña preventiva para reducir los índices de evasión de impuestos y evitar la imposición de sanciones por desconocimiento de la norma.
En los próximos días, la Unidad de Rentas de la Secretaría de Hacienda se desplazará a los telecentros de los barrios, con el fin de enseñar a pequeños comerciantes la forma en la que deben declarar el Impuesto de Industria y Comercio.
martes, 21 de enero de 2014
FORMAS DE PRESENTACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
En relación con el Impuesto de Industria y Comercio, es importante señalar el deber que tiene cada contribuyente de diligenciar su declaración y presentarla conforme a lo establecido en el Estatuto Tributario Nacional y las diferentes normas de carácter territorial, de tal forma que se cumpla con los deberes formales y sustanciales correctamente.
En primer lugar, establece el artículo 580 del estatuto tributario:
Art. 580. Declaraciones que se tienen por no presentadas. No se entenderá cumplido el deber de presentar la declaración tributaria, en los siguientes casos:
a. Cuando la declaración no se presente en los lugares señalados para tal efecto.
b. Cuando no se suministre la información del declarante o se haga de forma equivocada
c. Cuando no contenga los factores necesarios para identificar las bases gravables.
d. Cuando no se presente firmada por quien deba cumplir el deber formar de declarar; o cuando se omita la firma de contador público o revisor fiscal existiendo la obligación legal.
martes, 7 de enero de 2014
CALENDARIO TRIBUTARIO MANIZALES 2014
CALENDARIO TRIBUTARIO MANIZALES 2014 | |||
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y RETEICA | |||
Plazos para presentar la declaración de industria y comercio | Se debe observar los dos últimos números de la cédula o Nit. | ||
00-05 | Mayo 05 de 2014 | 51-55 | Mayo 19 de 2014 |
06-10 | Mayo 06 de 2014 | 56-60 | Mayo 20 de 2014 |
11-15 | Mayo 07 de 2014 | 61-65 | Mayo 21 de 2014 |
16-20 | Mayo 08 de 2014 | 66-70 | Mayo 22 de 2014 |
21-25 | Mayo 09 de 2014 | 71-75 | Mayo 23 de 2014 |
26-30 | Mayo 12 de 2014 | 76-80 | Mayo 26 de 2014 |
31-35 | Mayo 13 de 2014 | 81-85 | Mayo 27 de 2014 |
36-40 | Mayo 14 de 2014 | 86-90 | Mayo 28 de 2014 |
41-45 | Mayo 15 de 2014 | 91-95 | Mayo 29 de 2014 |
46-50 | Mayo 16 de 2014 | 96-99 | Mayo 30 de 2014 |
DESCUENTOS POR PRONTO PAGO | |||
Se debe presentar la declaración y hacer el pago total en las fechas: | |||
Hasta el 31 de marzo | DTF + 0,5 | Aplica para impuesto de industria y comercio. | |
Hasta el 30 de abril | DTF + 0,3 | ||
El DTF equivale al efectivo anual promedio de los últimos 360 días certificado por el Banco de la República | |||
RETEICA | |||
Declaraciones de Reteica | |||
Nov-Dic 2013 | Hasta el 10 de enero | julio-agosto | Hasta el 10 de sept. |
enero-feb | Hasta el 10 de marzo | sept-oct | Hasta el 10 de nov |
marzo-abril | Hasta el 12 de mayo | nov-dic | Hasta el 13 de enero 2015 |
mayo-junio | Hasta el 10 de julio | ||
MEDIOS MAGNÉTICOS | Hasta el 28 de febrero | Ver instructivo en www.manizales.gov.co link formularios impuestos | |
EXPEDICIÓN CERTIFICADOS RETEICA | Hasta el 31 de enero | ||
VALOR SANCIÓN MÍNIMA 2014 | $ 137.000 | ||
EXONERACIÓN ICA ARRENDAMIENTO 2014 | Ingresos inferiores a $43,120,000 | ||
EXONERACIÓN PREDIAL POR AVALÚOS* | Vivienda est. 1-2-3 | $24,024,000 | |
Rurales no recrea. | $30,800,000 | ||
*Los predios deben estar a paz y salvo para que se aplique esta exoneración | |||
TARIFA MENSUAL IMPUESTO AL TELÉFONO 2014 | |||
Estrato 4 | $4.106 | No residencial | $ 9.240 |
Estrato 5 | $ 5.160 | Oficial | $ 10.266 |
Estrato 6 | $ 8.213 | ||
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