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jueves, 23 de abril de 2015

BENEFICIOS TRIBUTARIOS OTORGADOS POR LA LEY 1739 DE 2014 A IMPUESTOS MUNICIPALES

Se informa a los contribuyentes que los beneficios contemplados en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 1739 de 2014, serán adoptados por el Municipio de Manizales aplicando la facultad que otorga a los entes territoriales para tal caso. A la fecha se encuentra en el Concejo de Manizales el proyecto de acuerdo que realizará el estudio mediante el cual se determinará la forma en que se adoptarán estas medidas, hecho que será informado tan pronto sea sancionado, a través de la página web de la Alcaldía www.manizales.gov.co LINK “NORMATIVIDAD IMPUESTOS”, en el blog de la Unidad de Rentas “TRIBUTOS MANIZALES” http://tributosmanizales.blogspot.com/ y en nuestra cuenta de twitter @TributosMzles luego de lo cual se procederá a efectuar el análisis de fondo y a informar los requisitos para su aplicación.


Quienes se encuentren interesados en acogerse a dicha amnistía, deberán presentar ante la Unidad de Rentas -Calle 19 N° 21-44 Propiedad Horizontal CAM, Alcaldía de Manizales, bloque B-, carta donde se determine el impuesto municipal a tener en cuenta para el beneficio determinado por la menciona ley. 

1 comentario:

  1. Hola buenas tardes. tengo una consulta... para retenciones de ica en manizales no encuentro el acuerdo.. me ayuarias con eso? contabilidadmuraglia@construccioneselco.com

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